Tema: Consejos Comunales en Venezuela (I)
A continuación presentamos la primera de una serie de entrevistas a pobladores, protagonistas del liderazgo comunitario de barrios venezolanos, en la tradición de la investigación y publicaciones del grupo de investigación del Centro Ciudades de la Gente. Sus testimonios enriquecen el intercambio y la complementariedad de saberes, y son expresión genuina de sus opiniones. El tema escogido para esta serie es la organización comunitaria y los Consejos Comunales como una de sus expresiones actuales en Venezuela.
Entrevista a la Sra. Rosa de Peña.
Por: Hilda Torres. CCG/EACRV/FAU/UCV
Rosa de Peña: Dirigente de la comunidad popular Hoyo de la Puerta, Caracas, líder comunitaria y luchadora social, participante y cofundadora de la Red Solidaria de Comunidades Autónomas (RedSCA) y el Centro Ciudades de la Gente.
CCG:¿Qué es el Consejo Comunal?
RP:El Consejo Comunal (CC) es una organización local, que tiene como finalidad, lograr que sus integrantes legislen, ejecuten y fiscalicen, la vida socioeconómica, donde interactúan.La estructuración tiende a involucrar a toda la población, porque cada comité tiene un objetivo preciso (salud, vivienda, educación, etc.) Se rige por una ley; que en su primera redacción, contenía un artículo que le daba carácter vinculante a sus acuerdos para con las instituciones competentes. En la reforma, este artículo es modificado y el carácter vinculante queda solamente para la comunidad donde se toman los acuerdos.Por desconocimiento (la más de las veces); por apatía (dejar que otros lo hagan); por seguir dependiendo de un guía (bueno o malo), no se libró una lucha para exigir que se oyeran y tomaran en cuenta, las sugerencias de los habitantes, quienes al fin y al cabo son los que saben sus necesidades.
CCG:¿Cuáles son las ventajas de los Consejos Comunales?
RP: La ley de los CC, aplicada al pie de la letra, es decir, que los habitantes de un lugar debidamente identificado: por su topografía, su cultura, sus costumbres y sus necesidades; lleguen a poner en práctica todos los acuerdos favorables para una vida sana, agradable, sin problemas atosigantes, llegará a prescindir de la Junta Parroquial, del Consejo Municipal y de la Asamblea Legislativa del estado.Ahorrando presupuesto en personal, local de funcionamiento, vigilancia, etc; que conlleva a fomentar la burocracia; el CC dispondrá de mayor presupuesto para ejecutar obras que mejoren la calidad de vida de sus habitantes.
Todo sería resultado por la mancomunidad de los Consejos Comunales, agrupados por las características que los unen.
Sra. Rosa de Peña / Enero, 2010.
Comentario: algunos datos sobre los Consejos Comunales en Venezuela
La participación ciudadana en Venezuela ha sido el producto de un proceso progresivo a partir de la instauración de regímenes democráticos en el país. El texto de la Constitución Nacional de la República vigente desde 1999, ratifica el poder de participación de la ciudadanía y crea la novel figura de las Asambleas de Ciudadanos, con decisiones de carácter vinculante. La Constitución promueve asimismo, la creación de mecanismos para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades los servicios que éstos gestionen, previa demostración de su capacidad para prestarlos.
La Ley de Consejos Comunales aprobada por primera vez en 2006 y modificada en 2009, crea estos consejos “como organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, para ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social”.
Estas organizaciones han encontrado la acogida de la población organizada, y el acatamiento de las autoridades instituidas, recibiendo elogios en cuanto su poder de convocatoria de las comunidades. Según información oficial de prensa, unos 4 mil 43 millardos de bolívares fuertes (unos 940 millones de dólares al tipo de cambio oficial), fueron transferidos a Consejos Comunales en el 2009 para la ejecución y desarrollo de 13 mil 536 proyectos a escala nacional para la refacción de escaleras y caminerías, la construcción de canchas deportivas y muros de contención, viviendas, sistema eléctrico y la red de aguas servidas, con contratación de mano de obra local, gestión de recursos y supervisión de la propia comunidad.
Se le critican aspectos como la tendencia centralista de su contenido, en cuanto al registro y control de la gestión ante el órgano rector o Ministerio con competencia en la materia, el cual diseña, realiza el seguimiento y evalúa políticas y planes, controla el registro de los consejos comunales y la emisión del certificado correspondiente. En la ley, el nivel de gobierno descentralizado tiene competencias en cuanto a la transferencia de recursos para los Planes Comunitarios de Desarrollo Integral que los Consejos deben presentar ante dichas instancias con tal fin. Estos a su vez deben estar articulados con los planes de desarrollo municipal y estadal de conformidad con las líneas generales del Proyecto Nacional Simón Bolívar el cual elabora exclusivamente el nivel central de planificación. Se teme por la falta de instancias claras de apoyo técnico a las comunidades, y por el alcance limitado de los proyectos comunitarios o su eficacia en escala. Se cuestiona también la claridad de los mecanismos técnicos para la definición de su constitución. El ámbito geográfico y la base poblacional de cada consejo es de 150 a 400 familias en el ámbito urbano, definidos por la Asamblea de Ciudadanos inicial, con la participación mínima del diez por ciento (10%) de los habitantes de la comunidad, mayores de quince años. Una última observación pública a la Ley de los Consejos Comunales es la objeción al carácter socialista explícito que se les atribuye, carácter no contemplado en la Constitución Nacional vigente.
Vale destacar que el proyecto llevado a cabo actualmente en el Barrio Julián Blanco, Petare Norte de Caracas, con asesoría del Centro Ciudades de la Gente, y con recursos otorgados por la Gobernación del Estado Miranda, cuenta con la participación de los Consejos Comunales del sector, y de organizaciones comunitarias de base pre-existentes (Asociación Civil Fuerza Promotora del Barrio Julián Blanco), para la definición de obras y prioridades orientadas a la refacción de viviendas y a la adecuación de pequeños espacios públicos comunitarios.
Comentario: Prof. Hilda Torres Mier y Terán
Centro Ciudades de la Gente / Sector de Estudios Urbanos / UCV /Marzo/2010.
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